Facturación electrónica para peque;os y medianos contribuyentes (Adhesión voluntaria).

El SRI pondrá a disposición de los pequeños y medianos contribuyentes una herramienta gratuita que cumple las funciones para generar, emitir, firmar electrónicamente, enviar sus comprobantes para la autorización por parte de la Administración Tributaria y visualizar la información; con la finalidad de que este grupo de contribuyentes, en la mayoría no obligados a llevar contabilidad, puedan seguir certificándose a través del portal WEB del SRI y emitir sus comprobantes en función de su giro del negocio.

Facturación electrónica para constribuyentes especiales.

En este esquema cada contribuyente emisor envía al SRI a través de un servicio web el comprobante para su autorización (que se realiza en línea y en tiempo real) por cada comprobante que se emita, el comprobante autorizado será entregado al adquirente mediante correo electrónico o a través de un portal web que el emisor considere poner a disposición de sus adquirentes.

Se pondrá a disposición de los contribuyentes dos ambientes, uno de pruebas y otro de producción, en este ambiente todos los comprobantes emitidos tienen validez tributaria, sustentan costos, gastos y crédito tributario, de conformidad con la normativa vigente.

Los contribuyentes que opten por este sistema también deben contar con un certificado digital de firma electrónica y mantenerlo válido y vigente.

Todo contribuyente que desea adherirse al sistema de Facturación Electrónica debe enviar su solicitud a través de la página web www.sri.gob.ec, en la aplicación “Comprobantes Electrónicos” de Servicios en Línea, el requisito es estar al día en el cumplimiento de sus Obligaciones Tributarias.

La Administración Tributaria pone a disposición de los contribuyentes varios canales de asesoramiento: ventanillas a nivel nacional, centro de atención telefónica 1700 774 774 e información en la página web.

Marcelo Fernández de Córdova

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